Corte de Antofagasta confirmó sentencia y rechaza amparo deducido contra Gendarmería de Chile.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de amparo; decisión que fue confirmada, en todas sus partes, por la Corte Suprema en alzada.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de amparo; decisión que fue confirmada, en todas sus partes, por la Corte Suprema en alzada.
La CGR expresó que el artículo 34 C de la Ley N° 19.070 dispone que “los profesionales de la educación que cumplan funciones de Subdirector, Inspector General y Jefe Técnico serán de exclusiva confianza del director del establecimiento educacional”.
Junto con el instructivo, el Ejecutivo envió al Congreso Nacional un proyecto de reforma constitucional para que los Presidentes y Presidentas de la República estén obligados a presentar declaraciones de patrimonio e intereses de por vida.
El máximo Tribunal sostuvo que el actuar del establecimiento médico como arbitrario e ilegal al exigir, previo a entregar la ficha, que la demandante acreditara su calidad de heredera.
Corresponde ahora que las mociones sean analizadas y estudiadas por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Alta.
La gestión pendiente incide en los autos sobre indemnización de perjuicios de que conoce vía casación en el fondo y la forma la Corte Suprema.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección; mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.
Luego de haberse rechazado por el TER de Antofagasta el recurso de reposición y aprobado la elección impugnada, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre la apelación planteada.
La recurrente estimó vulnerada la garantía consagrada en el artículo 19 N° 1 de la Carta Fundamental, esto es, el derecho a la vida e integridad física y psíquica de las personas.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre petición de desafuero seguidos en contra de la Diputada Cristina Girardi Lavín de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.