TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma sobre derechos municipales por actividades de publicidad.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.
La Relatoría Especial publicó el denominado «Cuestionario de Consulta a los Estados y la sociedad civil para la elaboración de un informe sobre estándares de libertad de expresión, diversidad y pluralismo y concentración en los medios de comunicación”.
El proyecto se encuentra en segundo trámite constitucional, en análisis por la Comisión del Trabajo del Senado.
Concluye el máximo Tribunal uniformando la jurisprudencia en el sentido que corresponde calificar como laboral y, por lo tanto, regida por el Código del Trabajo, la relación que se genera entre una persona y un órgano de la Administración del Estado si se desarrolla fuera del contexto claro y preciso que señala el artículo 4 de la Ley N° 18.883.
Concluye la sentencia aduciendo que no se verifican las infracciones que se acusan, siendo necesario concluir que las alegaciones efectuadas carecen de sustento jurídico.
Se dedujo amparo en contra del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), fundado en la respuesta negativa a una solicitud de información referente a certificados fitosanitarios.
La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.
Admitida a tramitación, el Tercer Tribunal Ambiental solicitó del reclamado informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días, adjuntando copia autentificada del expediente administrativo completo y debidamente foliado.
Concluye la CGR arguyendo que la Contraloría Regional de Aysén, procederá a la instrucción de un sumario administrativo en la Municipalidad de Aysén, con el objeto de determinar eventuales responsabilidades administrativas que pudieran derivar de los hechos analizados.
El TC declaró constitucionalidad de norma -artículo 27 bis, contenido en el numeral 13) del artículo único- contenida en el proyecto de ley que modifica la Ley Nº 19.995 y prorroga el funcionamiento de los casinos municipales.