Moción promueve respeto de orientación sexual e identidad de género en colegios.
Una vez anunciada la iniciativa, se espera que en los próximos días ingrese a la Cámara de origen para su posterior análisis y discusión.
Una vez anunciada la iniciativa, se espera que en los próximos días ingrese a la Cámara de origen para su posterior análisis y discusión.
Adujo en lo grueso la Corte de San Miguel que, atendido el mérito de los antecedentes, el recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la resolución que rechazó su medida cautelar.
La CGR concluye sosteniendo que esa Secretaría de Estado debe adoptar las medidas que correspondan a fin de atender la petición en comento y resolver el fondo del asunto planteado.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre indemnización de perjuicios de que conoce el Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago.
Concluye la CS expresando que el recurso en análisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a desestimarlo en esta etapa de su tramitación.
Admitida a tramitación, el Segundo Tribunal Ambiental solicitó del reclamado informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.
El TC español consideró que la sanción impuesta al demandante vulneró su derecho a la objeción de conciencia como manifestación de la libertad ideológica y religiosa, que la Constitución reconoce en su art. 16.1.
Concluye en esencia el fallo arguyendo que no debe exigirse una autorización judicial para convalidar las decisiones tomadas por los pacientes respecto de la continuidad de los tratamientos médicos.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Romero, quien estuvo por acoger el requerimiento.
La Cámara de Diputados será la encargada de conocer las modificaciones introducidas en ercer trámite constitucional.