Corte de Valparaíso rechazó acción de protección por colocación de antenas de telefonía.
“los antecedentes e informes existentes en la materia, en cuanto a que la radiación electromagnética podría producir efectos adversos para la salud -generados por los teléfonos celulares y por las antenas de retransmisión de dichos teléfonos-, son aún insuficientes por el limitado tiempo de su uso de esos artefactos…»