Servicio Nacional de Migraciones debe pronunciarse sobre una solicitud de reconocimiento de refugiado en un plazo de 60 días.
Una ciudadana venezolana presentó la solicitud el 1 de febrero de 2021, y a la fecha aún no se le ha dado respuesta, demora que la magistratura considero como arbitraria e ilegal al otorgar un trato diferente a la actora en relación con otros solicitantes en su misma condición, a los cuales sí se les ha brindado respuesta.