CS acoge acción de amparo constitucional deducida contra Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Constitución que sustituyó multa por reclusión.
“la disposición del artículo segundo de la Ley N° 20.587, además de establecer la facultad de sustitución de la pena de multa por la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, prevé la circunstancia de aplicar la pena de reclusión en el evento de no ser procedente la prestación de servicios antes referida, caso en el cual impone su regulación en un día por cada tercio de unidad tributaria mensual sin que ella pueda nunca exceder de seis meses.”.