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Ley 21.325, de migración y extranjería.

Servicio Nacional de Migraciones debe entregar y recibir el formulario correspondiente a quien solicite el reconocimiento de la condición de refugiado, resuelve la Corte Suprema.

Sin perjuicio de verificar, una vez iniciado el procedimiento administrativo correspondiente, el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para acceder a dicha declaración, incluyendo el de que el solicitante se haya presentado previamente ante la PDI, acatando la legislación nacional. Además, deberá dictar las resoluciones de carácter general para adecuar la actuación de sus empleados a la correcta aplicación de los preceptos involucrados.

4 de junio de 2023
Recurso de protección acogido.

Aunque no se solicitó la autorización previa a la DIPRES para que un funcionario de planta de la Subsecretaría de Justicia asumiera un cargo a contrata en Gendarmería conservando su puesto de titular, tal irregularidad no lo puede perjudicar.

La omisión de la Subsecretaría y la tardanza de Gendarmería no pueden repercutir negativamente en el funcionario quien esperaba que la gestión ordenada por artículo 87, letra d), del Estatuto Administrativo estuviese cumplida (además de encontrarse de buena fe, lo protege la confianza legítima).

4 de junio de 2023
Recurso de casación rechazado.

Los nietos tienen calidad de víctima indirecta y está habilitados para denunciar, si la persona que cometió el delito fue un descendiente directo, resuelve Tribunal Supremo de España.

Restringir e impedir la legitimación como acusación particular a un descendiente de segundo grado para ejercer la acción penal y civil ante un delito cometido por la hija de la víctima del delito al desapoderarle de su patrimonio económico, vulneraría la tutela judicial efectiva cuando la propia víctima es vulnerable y no está en condiciones de ejercer la acción penal.

4 de junio de 2023
Recurso de nulidad rechazado por Corte de Antofagasta.

Si se habla de más de 4 kilos de cocaína es correcto considerar la extensión del mal causado.

De considerar la concurrencia de dos o más circunstancias atenuantes, conforme a lo prescrito en el artículo 68 del Código Penal, es facultativo para el juez imponer una pena inferior según el número y entidad de las circunstancias, y determinar la cuantía de la pena en los términos que señala el artículo 69 del Código Penal.

4 de junio de 2023
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