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Fallo fue confirmado por la CS.

Corte de Puerto Montt rechazó recurso de protección contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos.

«se constata que no se explica en parte alguna cuáles son los elementos contaminantes que se generarán en el ambiente a consecuencia del proyecto aprobado por el acto administrativo que se recurre y que puedan constituir un riesgo a la salud de las personas, a la calidad de vida de la población, a la preservación de la naturaleza o a la conservación del patrimonio ambiental, tal como lo exige el constituyente y el legislador para la tutela jurisdiccional del referido derecho”.

28 de enero de 2013
No logró ser acreditada la causal que permitía la baja inmediata.

Corte de Arica acoge acción de protección deducida en contra de Prefecto de Carabineros de Arica que dispuso la baja de funcionario por conducta mala.

“si se estimare que se hizo aplicación del inciso 5ª del artículo 127, precedentemente señalado, como pretende el recurrido en su Informe de fojas 100, cabe señalar que, asimismo, esta norma, en el caso en análisis no autorizaba la Baja inmediata que se dispuso, pues para que ello tuviera lugar era necesario: 1) que el funcionario inculpado confesara su responsabilidad, lo que en el presente caso no ha ocurrido, sino que por el contrario la ha negado, o bien; 2) que la responsabilidad del funcionario se hiciera evidente, lo que tampoco ha tenido lugar, considerando al efecto que la propia institución Policial en su Informe manifiesta que junto con la adopción de la medida disciplinaria se ordenó la instrucción de un Sumario Administrativo, mediante Orden Nº 03972, de fecha 12 de octubre de 2012”

25 de enero de 2013
No hay razón para dejar de aplicar la consulta a pueblos originarios.

Corte de Temuco acogió acción de protección deducida en contra de la Municipalidad de Lonquimay por omitir trámite establecido en el Convenio N° 169 de la OIT.

“Cuando un Estado es parte de un tratado internacional como la Convención Americana, todos sus órganos, incluidos los jueces, también están sometidos a aquel, lo cual les obliga a velar por que los efectos de las disposiciones de la Convención no se vean mermados por la aplicación de normas contrarias a su objeto y fin. Los Jueces y órganos vinculados a la administración de justicia en todos los niveles están en la obligación de ejercer ex oficio un “control de convencionalidad” entre las normas internas y la Convención Americana, en el marco de sus respectivas competencias.”.

25 de enero de 2013
Con prevención.

TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto de ley que modifica la Ley de Pesca y Acuicultura.

«examinadas las actas de sesiones, se verifica que las objeciones de constitucionalidad manifestadas en el curso de los debates no se refieren a las normas sometidas a control preventivo de constitucionalidad señaladas en el considerando pertinente de la sentencia y que, en cambio, sí se refieren a los asuntos ventilados en los procesos roles N°s 2386, 2387 y 2388 de esta Magistratura, motivo por el cual no corresponde que sean resueltas en este fallo».

25 de enero de 2013
Padres no califican como extranjeros transeúntes.

CS acogió reclamo de nacionalidad de menor de edad nacida en territorio chileno.

el criterio administrativo original para distinguir a extranjeros transeúntes, que no pueden optar a la nacionalidad chilena de conformidad al artículo 10 N° 1 de la Constitución, de los que no lo son, ha sido modificado, “dejándose de considerar la permanencia continuada igual o superior a un año y prefiriéndose, en cambio, como elemento principal, el de la residencia”.

25 de enero de 2013
Reitera jurisprudencia.

TC rechazó requerimientos de inaplicabilidad que impugnaban norma del Código de Minería referida al cómputo del plazo para declarar la caducidad de derechos emanados de manifestaciones mineras.

«el principio de realización de la actividad minera da un perfil más concreto a la función social de la propiedad minera, en la misma Constitución y no en la legislación como ocurre con los otros tipos de dominio, lo cual se refleja en el procedimiento judicial para la constitución de las concesiones mineras, otorgándole características especiales que apuntan a su celeridad y pronta conclusión».

25 de enero de 2013
Se descartó la prescripción alegada.

CS rechaza casaciones de fondo y declara procedencia de acciones indemnizatorias del Fisco por traslados de redes.

“la obligación que se cobra es una obligación legal, vale decir, que tiene su fuente directa en la ley, y cuyo sujeto pasivo o deudor es el propietario de las instalaciones, quien queda sujeto a la prestación de ejecutar las obras de traslado; mientras que el acreedor es el Ministerio de Obras Públicas como órgano de la Administración del Estado que, a través de la Dirección de Vialidad, tiene competencia sobre los caminos públicos. En el caso de autos, pese al hecho que Chilesat S.A. era la única obligada legalmente a soportar el costo de los trabajos, éste lo asumió el Fisco, de manera que tiene derecho a que se le restituyan los dineros desembolsados en detrimento del patrimonio fiscal”.

24 de enero de 2013
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