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Modifica Código Orgánico de Tribunales.

Diputado propone que funcionarios del Ministerio Público y de la Defensoría Penal puedan realizar su práctica profesional para obtener su título de abogado dentro de la misma institución.

Observa luego, que el ejercicio de la función investigativa “se encuentra radicada en los funcionarios del Ministerio Público pertenecientes a los estamentos auxiliares, administrativos, técnicos y profesionales, quienes realizan, como tareas esenciales, labores de tramitación de causas penales, con lo que se hace aún más plausible equiparar las funciones que se cumplen al interior de las fiscalías a las propias de una práctica profesional” y que por “razones de economía hacen procedente que los propios funcionarios de una Fiscalía cumplan su práctica profesional al interior de la mismas”.

2 de agosto de 2011
A propósito de las vacantes parlamentarias.

LyD propone que sean los candidatos a diputado o senador los que al momento de inscribir su candidatura señalen un sustituto o reemplazante.

Ahora bien, con el nuevo nombramiento de senadores como secretarios de Estado ha resurgido el debate en torno al sistema de reemplazo vigente establecido en el artículo 51 de Carta Fundamental, el cual dispone que “las vacantes de diputados y las de senadores se proveerán con el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido”.

2 de agosto de 2011
En segundo trámite constitucional.

Ejecutivo dio suma urgencia al proyecto de ley que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.

Estas numerosas indicaciones buscan claramente representar los diversos criterios de los legisladores, pero a su vez, intentan también hacer partícipes a los variados actores y sujetos que juegan algún rol en el rubro de la telefonía, o que velan por la participación ciudadana frente a esta problemática.

1 de agosto de 2011
Modifica LOC de Municipalidades.

Diputados proponen autorizar medidas de control de acceso en vías locales por motivos de seguridad ciudadana.

Observa luego que las consideraciones que llevaron a la Magistratura Constitucional a tomar esa decisión fue principalmente la amplitud del “concepto legal de vía local”, y que tal amplitud podría afectar “el ejercicio del derecho a la libertad de circulación por las mismas, que es parte del conjunto de garantías de la libertad ambulatoria contenidas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución”.

1 de agosto de 2011
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