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En la Comisión Unida de Constitución y Salud.

Senado retira norma que permitía que menores de edad tengan derecho a confidencialidad en sus diagnósticos médicos.

“que lo que debe primar es el criterio del médico tratante y estamos seguros que él va a ser capaz de construir una relación personal, íntima, de confianza, con el paciente adolescente y resolver con criterio en aquellos momentos donde sea necesario que los padres estén absolutamente informados del problema del menor».

27 de julio de 2011
Tercera sala.

CS rechazó acción de protección contra el Ministerio de Salud por su negativa a conceder beneficios arancelarios para la importación de un vehículo a discapacitada.

«El Ministro Carreño y el abogado integrante Patricio Figueroa fueron del parece de acoger el recurso, basados en que al momento de admitirse a tramitación la solicitud de reconsideración de la recurrente ante la autoridad administrativa, la normativa entonces vigente sí incluía la situación de la actora y no se encontraba totalmente agotado el procedimiento administrativo».

27 de julio de 2011
Tercera sala.

CS rechazó acción de protección contra FONASA por negar cobertura a una atención de urgencia en Hospital Clínico UC.

Pretende obtener mediante esta acción una “sentencia declarativa acerca de la responsabilidad en el pago de determinadas prestaciones médicas”, toda vez que las prestaciones médicas se realizaron oportunamente, lo que excede el marco de la presente acción de tutela, rápida y eficaz, del legítimo ejercicio de derechos fundamentales.

27 de julio de 2011
Modifica Ley de Arrendamiento.

Diputados proponen sancionar penalmente al arrendatario que se niegue a abandonar la propiedad una vez terminado el contrato.

Observa luego que los principios que rigen la contratación en materia civil, no siempre son observados por las partes contratantes, como es el caso de arrendatarios morosos los que “han persistido en su actitud precaria durante largo tiempo, sin posibilidad de que los arrendadores puedan hacer efectivo su derecho de desalojar legalmente a tales personas”.

26 de julio de 2011
En segundo trámite constitucional.

Cámara de Diputados aprueba el Acuerdo entre la República de Chile y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre los privilegios e inmunidades de la OPAQ.

La ratificación del presente tratado es una de las obligaciones derivadas de la Convención para la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAQ), ratificada por Chile el 12 de julio de 1996 y publicada en el Diario Oficial de 11 de marzo de 1997.

26 de julio de 2011
Derecho de reunión.

Diputados proponen responsabilizar a los organizadores por los perjuicios y daños causados en manifestaciones.

Observa luego que la precitada norma no establece responsabilidades de ningún tipo por lo que ocurra en la manifestación, sin que nadie asuma los costos de los daños producidos con ocasión de marchas en lugares públicos y que en los últimos días muchos personas han visto afectados sus bienes, derechos y libertades, con pérdidas económicas por los desordenes con ocasión de las manifestaciones, siendo necesario velar por el derecho de reunión, pero también por el orden público, las libertades y los derechos de los demás.

26 de julio de 2011
Por vulneración al debido proceso.

Corte de Arica acogió acción de protección en favor de una alumna que fue expulsada de su colegio por citar a una asamblea mediante “Facebook”.

«…no existe infracción del derecho a emitir opinión y de informar, sin censura previa ni tampoco respecto del derecho de reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas, por cuanto la reunión a la que citó la alumna se llevó a efecto, reprochándose sólo el hecho de no haber pedido la autorización correspondiente, “lo que tiene pleno asidero si se considera que se trata de un recinto privado en que para tales efectos, obviamente, debe solicitarse autorización a su dueño”.

26 de julio de 2011
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