Corte Suprema de Colombia resuelve que la unión marital de adolescentes entre 14 y 18 años no requiere permiso parental.
No puede predicarse inexistencia o nulidad de los actos que permiten formar la unión marital de las personas mayores de 14 años, puesto que estas poseen la madurez para decidir sobre sus propias vidas y asumir responsabilidades.