Municipalidad de Zapallar es condenada a la sanción de nulidad del despido respecto de un trabajador dependiente de una empresa contratista.
En atención a los artículos 162 y 183-B del Código del Trabajo, el municipio es responsable como empresa principal de velar por el correcto cumplimento de las normas de protección de los trabajadores por parte de la empresa contratista.