Corte de Talca estimó adecuado el descuento del aporte del empleador al Seguro de Cesantía cuando el despido es declarado improcedente.
La sentencia impugnada privó al demandado de un legítimo derecho de carácter patrimonial.
La sentencia impugnada privó al demandado de un legítimo derecho de carácter patrimonial.
El máximo Tribunal rechazó los recursos de casación deducidos en contra de la sentencia que condenó a Miguel Krassnoff Martchenko, César Manríquez Bravo, Manuel Avendaño González y Alejandro Astudillo Adonis a 10 años y un día de presidio.
La Corte revisó la acción de tutela interpuesta por una persona que solicitó el traslado para afiliarse a una nueva Entidad Promotora de Salud en calidad de beneficiario de su cónyuge.
El arbitrio se dedujo en favor de 33 trabajadores.
La multa para las infracciones menos graves, como la reclamada, va de 51 a 500 UTM según la Ley 20.529, y el Superintendente aplicó el mínimo legal, lo que se encuentra ajustado a Derecho.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer grado que ordenó a la clínica a pagar $50.000.000 como indemnización por el daño moral provocado a la paciente.
El máximo Tribunal estableció que la sentencia dictada por el tribunal germano cumple con los requisitos para su ejecución en el país.
El máximo Tribunal estableció la responsabilidad solidaria de la empresa en el accidente.
El Tribunal estableció que la sociedad deportiva demandada debe entregar al jugador el 10% del monto percibido por el contrato de cesión, firmado por los clubes Universidad de Chile y Corinthians.
Tras las presentaciones de los diversos patrocinios establecidos, se procedió a confirmar la integración de las 7 vicepresidencias que acompañarán a la Mesa compuesta por Elisa Loncon y Jaime Bassa.