Corte Suprema acoge demanda contra compañía de seguros por no brindar cobertura a tratamiento a recién nacido, quien contaba un seguro de salud colectivo, suscrito por el empleador de su padre.
El máximo Tribunal estableció yerro en la sentencia que rechazó la demanda, al considerar que le correspondía al demandante notificar a la aseguradora la incorporación del menor a la póliza, cuando es una obligación de la empresa contratante.