No procede negar la entrega de la totalidad de la información requerida a un municipio sobre la base de distinciones que carecen de asidero, resuelve la Corte Suprema.
La Corte de Talca acogió parcialmente un reclamo de ilegalidad en contra del CPLT, al estimar que la entrega de la información exigiría del municipio de Talca un “trabajo arduo y constante” que desviaría de sus labores a los funcionarios municipales; justificación que el máximo Tribunal consideró improcedente.