Corte de Valdivia ordena a isapre equiparar cobertura de enfermedades de salud mental con salud física.
La Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar, tras desestimar la extemporaneidad alegada por prestadora de salud.
La Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar, tras desestimar la extemporaneidad alegada por prestadora de salud.
El profesor Marcelo Rodríguez Olcay fue condenado en 2013 por violar a una estudiante, y retornó a Chile asumiendo que su pena estaba prescrita.
La Cuarta Sala del máximo tribunal desestimó el recurso impetrado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, por manifiesta falta de fundamento.
La Tercera Sala del tribunal de alzada estableció que la isapre incurrió en una acción arbitraria e ilegal que afectó el derecho de propiedad de la afiliada, quien tuvo que pagar un monto superior por su plan de salud, al que se estima ajustado a derecho.
El fallo plantea una serie de acreditaciones como motivación del acto administrativo, propio del control jurisdiccional latente en un Estado de Derecho, elevando un estándar de justificación de Seguridad Nacional para desestimar el arraigo familiar del penado con más de 1.841 kilómetros de distancia.
El empleador hizo un uso constante del pacto de horas extraordinarias, desvirtuando su naturaleza accidental a una permanente, por lo tanto, al acoger la demanda de despido injustificado, la magistratura incluyó las horas extras como parte de la base de cálculo de la remuneración para efectos del pago de indemnizaciones y recargos.
Los sentenciadores analizan las probanzas rendidas en el juicio y señalan el motivo por el que les provocan convicción para establecer tanto el ilícito como la participación del acusado en él.
El precepto contenido en el artículo 196 de la Ley 18.290, en su actual redacción, establece un mayor rigor en las sanciones lo que obedece a la idea de incentivar un manejo responsable, como política criminal.
No está en tela de juicio que el actor tiene derecho a la vida y a la salud; pero la mera invocación de tales derechos no habilita a ignorar los límites que la ley impone para conciliarlos con los del resto de la comunidad.
El monto del permiso de circulación comprende todos los servicios anexos que prestan las municipalidades y, por tanto, en su liquidación y giro no se debe considerar valor alguno que lo incremente.