Tribunal Europeo de DDHH: Las medidas adoptadas por Francia para proteger a una niña de abusos por parte de sus padres fueron inadecuadas.
La denuncia realizada por su profesora debía activar un proceso judicial a favor de la niña.
La denuncia realizada por su profesora debía activar un proceso judicial a favor de la niña.
El reclamante, señala que la publicidad por la que se le sanciona es del todo legal, por cuanto se efectúo en una propiedad particular, respecto a la cual el propietario paga permiso a la respectiva municipalidad.
El máximo Tribunal argentino ordenó que, en ese sentido, se deberá realizar devolución de los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, y previa vista al Ministerio Público Fiscal en los términos de la ley 27.148, se dicte un nuevo fallo.
Se adoptó acuerdo en la causa, quedando la causa en estado de sentencia, designándose como redactor del fallo, a la Presidenta Ministra Brahm.
El 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago indicó que, en lo tocante al acoso laboral, cabe ponderar, que el actor no solo tenía la calidad de trabajador; sino que tenía la calidad de Director de la sociedad y también incidencia en la propiedad de la sociedad.
La Corte de Chillán indicó que, fluye de manera evidente la existencia de una controversia jurídica entre recurrente y recurrida, cuya resolución no puede darse en esta sede de protección de derechos indubitados.
El recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 numeral 1 de la Constitución Política de la República.
El recurrente aseguró que su hija de 3 años sufría fuertes cólicos estomacales y que, pese a que explicó a los agentes de policía su situación, fue detenido mientras se dirigía junto a la niña a buscar alimentos y medicina.
El máximo Tribunal acogió recurso de casación y estableció la responsabilidad del municipio por falta de servicio, pero desestimó el recurso respecto del Fisco y el centro invernal La Parva.
Por no haber constatado indicio de la comisión de un delito ni haberse verificado situación de flagrancia que permitiera el actuar autónomo de la policía, ocurre que aquel se desempeñó fuera de su marco legal y de sus competencias, vulnerando el derecho del imputado a un procedimiento justo y racional.