Conductor debe resarcir los perjuicios causados a víctima de atropello, a pesar de haberse arribado a un acuerdo reparatorio en sede penal.
El demandado alegó que no podía volver a discutirse el asunto por haberse concluido el proceso penal sin condena y con un acuerdo reparatorio, sin embargo, el Juzgado civil dejó establecido que eso sólo extinguía la responsabilidad penal, quedando vigente la civil.