Corte de Santiago confirma multa a canal de TV por emitir contenido inapropiado en horario de protección.
El Tribunal de alzada desestimó el recurso, tras establecer que la emisión de contenidos audiovisuales violentos, en horario de protección, pone en riesgo el derecho a la salud física y síquica de los menores, e infringe las normas que regulan el correcto funcionamiento de los servicios de televisión.