Despachada a ley iniciativa que rebaja a cuatro séptimos los quórums de reformas a la Constitución vigente.
Modifica los quórums de dos tercios y tres quintos que contempla la actual Constitución, a un quorum uniforme de cuatro séptimos.
Modifica los quórums de dos tercios y tres quintos que contempla la actual Constitución, a un quorum uniforme de cuatro séptimos.
El certificado expedido por un facultativo competente en tales términos constituye antecedente suficiente para ello.
Vecinos de un condominio en la ciudad de Concepción carecen de un derecho indubitado y deben resolver su disputa con la empresa constructora en un juicio de lato conocimiento.
Las residencias universitarias son consideradas como vivienda, por ende, no infringe su instalación las normas del reglamento de copropiedad.
La iniciativa tiene por objeto introducir una inhabilidad para todos los cargos de elección popular respecto de quienes tengan una inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos.
El fallo impugnado no consideró como atenuante la irreprochable conducta anterior al ser un extranjero en situación irregular, yerro que se debe enmendar y como tal circunstancia tiene influencia se disminuye la pena, sustituyéndola por la de expulsión y prohibición de ingreso al territorio nacional.
En el año 2013 el banco intentó cobrar por vía ejecutiva un mutuo de dinero cuya acción estaba prescrita, por lo que persiguió el cobro de forma ordinaria argumentando para ello que había retirado la demanda del juicio anterior.
Los Estados miembros deben reservar el derecho a participar en el procedimiento de adjudicación de los contratos públicos de servicios sociales de asistencia a las entidades sin ánimo de lucro, siempre que los beneficios que se deriven de la ejecución de dichos contratos sean reinvertidos por dichas entidades con el fin de alcanzar el objetivo social de interés general que persiguen.
Nuevas tecnologías que afectan la vida humana se desarrollan y aplican antes de la necesaria reflexión. La prudencia y la responsabilidad son ineludibles, también en la política.
La norma (artículo 15) permitiría el desarrollo de un catálogo más amplio y dinámico en el reconocimiento y protección de derechos en Chile. Sin embargo, sería miope ignorar que plantea desafíos importantes en términos de la identificación de qué es una costumbre internacional y la metodología de interpretación que las autoridades chilenas (principalmente la judicatura) realizarán para interpretar y aplicar estas normas en los temas bajo su competencia.