CS confirma fallo que desestimó recurso de protección interpuesto por sujeto que denunció ser víctima de “funa” a través de cuenta de restaurant en red social Instagram y Facebook.
Si bien los hechos podrían importar una vulneración a las garantías de los números 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución, de los antecedentes acompañados no es posible determinar efectivamente la responsabilidad de la recurrida.