Corte de Apelaciones de Santiago confirma sanciones a sicóloga por infringir modalidad de libre elección.
El Tribunal de alzada descartó actuar ilegal de la autoridad al imponer las sanciones a la profesional.
El Tribunal de alzada descartó actuar ilegal de la autoridad al imponer las sanciones a la profesional.
Precisa que durante todo el procedimiento de retiro –y eventual desalojo- se deberán respetar y resguardar la dignidad e integridad de los ocupantes irregulares, quienes deberán ser debidamente informados de las medidas en su contra.
En la instancia se analizarán normas vinculadas a la diferenciación de sustancias para tráfico o consumo personal y el cultivo medicinal de cannabis, entre otros puntos rechazados por la Sala de la Cámara.
La resolución aprobada por la Sala plantea la aplicación de esta medida accesoria mientras se avanza en paralelo en la condonación de la deuda universitaria.
La iniciativa radicada en la Comisión de Gobierno Interior contempla facilitar el inicio del procedimiento administrativo de expulsión de extranjeros, estableciendo la posibilidad de utilizar carta certificada o correo electrónico para notificar al afectado.
La iniciativa, aprobada en general por la Comisión de Educación, fortalece la instrucción de los gendarmes, mejora las mallas curriculares y profesionaliza la actividad de los funcionarios. Las y los diputados también recibieron a apoderados de colegios particulares subvencionados, quienes expusieron sobre la “crítica situación por la atraviesan estos establecimientos educacionales”.
El requirente alegó que la sanción prevista incumple los principios de proporcionalidad y tipicidad.
Los argumentos del recurrente invocando auto cultivo y falta de un examen de pureza adicional a la prueba de campo, no fueron suficientes para sustentar la presunta ausencia de antijuricidad material y una errónea aplicación por el Tribunal Oral de los artículos 1 y 3 de la Ley N°20.000.
El máximo Tribunal expresó que no basta con la mera enunciación de la Ley de Transparencia para argumentar el rechazo a una solicitud de información, más aún, cuando el CPLT dispuso de la entrega del documento tachando la información personal del funcionario, en atención al principio de divisibilidad.
Un grupo de ex trabajadores de Codelco demandó solicitando indemnización por daño moral, al retirarse de la empresa luego de contraer silicosis, no obstante, cuestionaron que al acoger su demanda, el tribunal permitiera el descuento de lo pagado en el finiquito, hecho que fue confirmado por el máximo Tribunal.