Conservador debe alzar una hipoteca, a pesar de que la prescripción de la deuda que garantiza no ha sido declarada judicialmente, atendida la imposibilidad de notificar al acreedor que falleció hace décadas.
El Juez de primer grado rechazó el reclamo, por considerar que la prescripción alegada por el actor -y que servía de fundamento para la cancelación de la hipoteca- debía ser declarada por un tribunal, decisión que fue revocada por la Corte en alzada.