Indemnización a hombre detenido ilegítimamente es reducida en su quantum tras realizarse una nueva determinación del daño moral causado.
En la determinación del quantum se debe valorar la intensidad del daño y no se pueden desconocer las circunstancias fácticas accesorias de la conducta dañosa. No puede soslayarse que la duración de la privación ilegítima fue de cuatro días, aspecto que debe ser tomado en cuenta al fijar la indemnización en forma prudencial.