CS acogió protección contra Servicio de Salud de Reloncaví que ordenó a ex funcionaria el reembolso de indemnización legal que recibió por su no renovación de su contrata.
Máximo Tribunal estimó vulnerado el derecho a la igualdad de la recurrente.
Máximo Tribunal estimó vulnerado el derecho a la igualdad de la recurrente.
Máximo Tribunal indicó que los recurrentes en su calidad de coadyuvantes de la acción principal, carecen de la legitimación activa suficiente para poder accionar en contra de una sentencia que no fue impugnada por la recurrente original.
Esto, a propósito del reclamo de una exprofesora civil de la Escuela de Suboficiales del Ejército, en contra de la decisión de esa institución castrense, de solicitarle el reintegro de $1.237.322.
La Magistratura constitucional española adujo que el TS no ha dado cumplimiento con la necesaria suficiencia a la exigencia de valoración previa acerca de si la conducta enjuiciada era una manifestación del ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión.
El objetivo principal del proyecto ingresado es proteger el fondo marino y promover una pesca sustentable.
El ente contralor señaló, además, que curso de especialidad en Criminalística, conferido por ese mismo plantel de enseñanza, no es un título de técnico de nivel superior.
En su sentencia, expone en síntesis la Magistratura Constitucional que no se afecta el derecho de propiedad, pues al momento de publicarse la Ley N° 20.791, la requirente no era propietaria del terreno que se reafectó.
La Corte de Talca indicó que, la decisión del juzgado de Garantía de Molina está amparada en una sentencia judicial penal firme o ejecutoriada
La recurrente considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
Máximo Tribunal indicó que no existe un derecho indubitado que deba ser amparado a través de esta vía cautelar de urgencia.