Propietario es multado por pintar la fachada de su inmueble con un color diferente al de los edificios circundantes.
La normativa es contundente al disponer que los colores a utilizar en las fachadas de los inmuebles de los edificios nuevos o existentes en el área regulada, deberán armonizar con el conjunto urbano donde se emplace y sobre la base de fotografías de los inmuebles vecinos y muestras de color de pinturas. Las fachadas, frontales, laterales y paredes posteriores, con vista o no a inmuebles de terceros de todas las edificaciones existentes deberán contar con idéntico acabado.