Corte de La Serena admite a trámite recurso de protección contra Convención Constitucional, por establecer la figura del “Plebiscito Intermedio Dirimente” como mecanismo de participación ciudadana.
Se denuncia que la recurrida se ha atribuido facultades que no les han sido otorgadas, por cuanto el constituyente estatuyó una forma determinada para la aprobación de las normas constitucionales.