CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Centro de Detención Preventiva de Quillota por negar solicitud de traslado a CET.
El amparado fue calificado con alto riesgo de reincidencia.
El amparado fue calificado con alto riesgo de reincidencia.
El recurrente busca postular a beneficios intrapenitenciarios.
El objetivo principal del proyecto ingresado es reconocer el derecho de las personas al deporte, la recreación y la educación física.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales establecidas en los numerales 3, 24 y 26 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
La gestión pendiente incide en autos de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema.
El ente contralor expresó que el accidente que le provocó un esguince de tobillo y pie derecho, ocurrió en un acto determinado del servicio, correspondiendo que sean de gasto fiscal los gastos asistenciales en que hubiere incurrido el afectado producto del accidente.
Al demandante le corresponde gozar de la prestación estipulada por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de la Ley 26790 y percibir la pensión de invalidez permanente parcial regulada por los artículos 18.2 y 18.2 del Decreto Supremo 003-98-SA.
El máximo Tribunal señaló que actuar del edil denunciado constituye una ilegalidad y arbitrariedad en su conducta que vulnera el derecho a la igualdad.
De acuerdo con los antecedentes aportados por las partes no se advierten falencias en la convocatoria realizada por el recurrido, toda vez que se realizó en estricto cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley
El amparado señala que la forma en que se encuentra cumpliendo condena es inhumana y denigrante.