Corte de Apelaciones de Santiago confirma multa de 9.375 UTM aplicada a empresa distribuidora de electricidad.
El Tribunal de alzada descartó vicios de ilegalidad en el actuar de SEC al sancionar a la reclamante.
El Tribunal de alzada descartó vicios de ilegalidad en el actuar de SEC al sancionar a la reclamante.
Se ajustó a lo dispuesto en el Código Sanitario, en específico, a sus artículos 26 y 27, que permiten a la autoridad sanitaria efectuar medidas de aislamiento, en pos de resguardar la salud pública, la seguridad nacional del país y el bienestar de los habitantes.
En la oportunidad, algunos parlamentarios dejaron constancia de sus reservas de constitucionalidad y de las sugerencias de declaración interpretativa en materia de protección de empresas del Estado y mecanismos de resolución de controversias.
Imputado no acreditó que la plantación de cannabis que mantenía en su patio y las plantas conservadas en una habitación de cultivo “in door”, serían utilizadas de forma exclusiva para su propio consumo y el tratamiento médico de su ex pareja.
El recurrente intentó huir al advertir la presencia de Carabineros, los que controlaron su identidad por circular en horario de restricción de movilidad, incautando un cuchillo y nueve cartuchos de escopeta.
El recurrente alegó que debía ser absuelto al no estar determinado de forma exacta el porcentaje de pureza y toxicidad de la droga ingresada, circunstancia que fue desestimada por el máximo Tribunal al indicar que las sustancias incautadas se encuadran en aquellas que proscribe el artículo 1 de la Ley N°20.000 y su Reglamento.
En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, deben tener una consideración primordial y atender al interés superior del niño.
La retractación de la víctima es provocada en atención a los vínculos de afectos que existen entre las partes que intervienen en causas de esta naturaleza.
El Consejo Técnico resolvió revocar el beneficio de salida dominical en virtud de la misma información que tuvo en vista para otorgar el beneficio.
“Impuesto rosa” o ‘‘pink tax’’ es el término utilizado para el costo extra que presentan los productos destinados a mujeres, pero que funcionalmente son similares o iguales a los masculinos.