CS desestimó recurso de casación en el fondo contra sentencia que condenó a la Municipalidad de Concepción a pagar indemnización por falta de servicio.
El aumento del monto indemnizatorio es un juicio valorativo propio del Tribunal de instancia.
El aumento del monto indemnizatorio es un juicio valorativo propio del Tribunal de instancia.
Los Directores de establecimientos educacionales pueden remover a los funcionarios que ocupan cargos de exclusiva confianza, pero cumpliendo los requisitos prescritos en el Decreto N°447 de 2019.
Esto, a propósito de solicitud de, una funcionaria de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena –CONADI-, con desempeño en Temuco, quien reclama por la disminución en el monto de dinero que se le asignó para el año 2020, por concepto del beneficio de sala cuna.
Establece que acción de nulidad absoluta de los actos realizados en contravención Ley N°19.253, prescribe en el plazo de 15 años desde la celebración del contrato.
Pese a que las vacunas tampoco son obligatorias en menores, existen algunos precedentes en los que se ha recurrido a una orden judicial para que sí lo sea.
La sentencia definitiva dictada en los procedimientos monitorios debe contener las menciones señaladas en los números 1, 2, 5, 6 y 7 del artículo 459 del Código del Trabajo.
La Ley N°20.027 establece un mecanismo especial para el pago de lo adeudado por los estudiantes que acceden a un crédito con garantía estatal destinado a financiar su educación superior.
La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento de cobranza laboral y previsional seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
El pronunciamiento se da, en virtud de la petición efectuado por los Diputados Érika Olivera de la Fuente y Jorge Alessandri Vergara.
Esto fue consultado, considerando que de acuerdo con el oficio circular Nº 15, de 2020, “Instructivo sobre austeridad y eficiencia en el uso de los recursos públicos durante la emergencia sanitaria producto del virus COVID-19”, tratándose de transferencias, “salvo autorización expresa de la Dirección de Presupuestos, no podrán girarse anticipos sin que medie la rendición efectiva aprobada de uno anterior y, en cualquier caso, montos que no puedan rendirse en este año presupuestario.