Corte de Apelaciones de Punta Arenas ordenó a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Magallanes y Antártica Chilena a adoptar las medidas necesarias para detener el escurrimiento de aguas servidas originados en una ocupación ilegal de terreno en el sector Río de los Ciervos de la ciudad.
El Tribunal de alzad acogió el recurso y determinó que la secretaría mencionada había desatendido su rol de administrar y supervisar el tratamiento adecuado de las aguas servidas, materia que es de su competencia y no de las otras instituciones recurridas, la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales y municipalidad de Punta Arenas.