Llamada telefónica hecha por la policía desde el teléfono celular sustraído que portaba el imputado no vulnera el debido proceso.
El acto autónomo cuestionado por el recurrente fue realizado por Carabineros luego de detenerlo ante un delito flagrante. La llamada sirvió para identificar a la víctima del robo e informarle los derechos que le asistían para recuperar la especie sustraída.