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Senado aprobó proyecto de acuerdo sobre sentencia del Tribunal de la Haya.

En el contexto del reciente fallo pronunciado por el Tribunal de la Haya que solucionó la controversia marítima entre Chile y Perú, la Sala del Senado envió al Ejecutivo un proyecto de acuerdo aprobado –con 25 votos y una abstención- que contiene la postura mayoritaria de la Corporación. La iniciativa impulsada por los senadores de […]

30 de enero de 2014

En el contexto del reciente fallo pronunciado por el Tribunal de la Haya que solucionó la controversia marítima entre Chile y Perú, la Sala del Senado envió al Ejecutivo un proyecto de acuerdo aprobado –con 25 votos y una abstención- que contiene la postura mayoritaria de la Corporación.

La iniciativa impulsada por los senadores de la Comisión de Relaciones Exteriores, Walker, Larraín, Letelier y Tuma, enfatiza en que la decisión del Tribunal de la Haya, “casi por la unanimidad de sus miembros, respaldó la posición chilena en términos de reconocer la existencia de un acuerdo entre ambos países que estableció la frontera marítima, confirmando que este límite es el paralelo geográfico, del hito N° 1”.

En tanto, el documento destacó que “el fallo conserva la soberanía sobre el mar territorial, mantenga el paralelo, ampare los derechos en la zona de mayor riqueza pesquera, la cual se encuentra más cercana a la costa y resguarde la proyección y conectividad de Arica”.

El objetivo planteado por sus autores, es que a través de este proyecto de acuerdo, se logré fortalecer la Región de Arica y Parinacota como zona estratégica hacia el futuro. Y agrega que es necesario que el Gobierno compense los efectos negativos que este dictamen tiene en la pesca. 

Finalmente, el texto estima que “el fallo de la Corte es arbitraria y  carece de todo fundamento jurídico”, ello debido a que no obstante, reconocer la existencia de un acuerdo de frontera marítima entre Chile y Perú (por 15 votos a favor y uno en contra), estableció que ese límite llega a 80 millas (votado por una mayoría de 10 votos a favor y 6 en contra), desconociendo de esta forma innumerables documentos y antecedentes, concluyendo que “luego de este fallo, no hay temas limítrofes pendientes entre Chile y Perú, por lo que esta consideración deberá ser parte necesaria de la implementación del fallo”, siendo especialmente necesario señalar que el fallo es un todo indivisible y que la aceptación del paralelo hasta la milla 80 incluye el hito 1 como eje de la delimitación fronteriza entre ambos países”.

 

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