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Modifica Código de Procedimiento Civil.

Pretenden otorgar preferencia, para su vista y fallo, a las causas en que actúen como parte personas con discapacidad.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

23 de julio de 2019

La moción de los diputados Amar, Baltolu, Del Real, Moreira, Rentería, Sanhueza, Troncoso y Van Rysselberghe, busca establecer un orden de preferencia para la vista y fallo de aquellas causas en que figuren como parte personas en situación de discapacidad y que actúen precisamente en defensa de sus derechos contra un particular o algún organismo del Estado.

Los autores explican al respecto que, sin dudas, los actos de discriminación que sufren las personas con discapacidad en nuestro país todavía no son hechos aislados, muy por el contrario, aún persisten focos de intolerancia en nuestra sociedad a raíz más bien de factores culturales, pero no por ello menos reprochables.

Agregan a continuación que el Estudio Nacional Sobre Discapacidad elaborado por el Ministerio de Desarrollo Social reconoce a las personas en situación de discapacidad como “aquellas que, en relación a sus condiciones de salud física, psíquica, intelectual, sensorial u otras, al interactuar con diversas barreras contextuales, actitudinales y ambientales, presentan restricciones en su participación plena y activa en la sociedad.” Concepto que claramente es más inclusivo y comprensivo de la realidad que actualmente viven en esta situación, cifra que actualmente alcanza al 20 por ciento de la población.

Estiman enseguida que, junto a lo anterior, la situación de discapacidad se encuentra estrechamente relacionada con el envejecimiento de las personas y el nivel de ingresos, afectando este factor especialmente a las mujeres, por lo que es de suyo relevante consagrar a nivel legislativo mayores espacios de apoyo y ayuda a estas personas en sus relaciones interpersonales y también con la autoridad, una de las cuales precisamente constituye el reclamo por el resguardo de sus derechos ante las instancias jurisdiccionales y administrativas.

Manifiestan finalmente que de acuerdo a lo anterior, la presente moción parlamentaria promueve una mejor protección de los derechos de estas personas, mediante un estatuto preferente de ordenamiento de causas en los tribunales unipersonales y de alzada, criterio actualmente no contemplado en nuestra legislación y que constituye, en tal caso, una medida de inestimable ayuda en la tramitación de procesos judiciales en estos tribunales de justicia.

Corresponde ahora que la iniciativa –en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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