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Modifica Ley N°19.968 y Ley N°20.066.

Pretenden autorizar monitoreo telemático de medidas cautelares y accesorias decretadas en procedimientos civiles y penales por violencia intrafamiliar.

Corresponde ahora que la iniciativa, en primer trámite constitucional, sea analizada por la Comisión de Familia y adulto mayor de la Cámara de Diputados.

12 de octubre de 2019

La moción de las diputadas Hoffmann y Luck busca agregar dentro del catálogo de medidas cautelares consagradas en la legislación relativa a violencia intrafamiliar, la posibilidad de decretar el uso de tobilleras electrónicas por parte del ofensor, para que pueda controlarse el cumplimiento de las medidas cautelares a través de dispositivos telemáticos.
Al respecto, las autoras explican que la ley 20.066 sobre violencia intrafamiliar que entrega competencia al juez penal, señala en el artículo 15 que pueden decretarse como medidas cautelares, aquellas que sean suficientes para proteger a la víctima. Remite este artículo al artículo 92 de la ley 19.968.
A continuación, sostienen que, a su vez, en procesos penales por violencia intrafamiliar se puede decretar como medida accesoria: (i) La obligación de abandonar el ofensor el hogar común, (ii) prohibición de acercarse a la víctima, (iii) Prohibición de porte y tenencia de armas de fuego, (iv) asistencia a terapia u orientación familiar, (v) obligación de presentarse regularmente ante la unidad policial que determine el juez.
En ese sentido, manifiestan que si bien el catálogo es amplio, el mismo no es suficiente. En materia de violencia intrafamiliar suele decretarse como primera medida la de prohibición de acercamiento del ofensor a la víctima; pero esta medida es insuficiente por cuanto no existe un sistema de control apto sobre la misma.
Por ende, finalizan aduciendo que la debida protección que debe entregar el Estado a la víctima queda entregada a la voluntad del victimario en orden a cumplir con lo decretado por el tribunal. Esta fragilidad del sistema, que radica en la complejidad de hacer cumplir lo ordenado por el tribunal en términos prácticos y materiales, es el que muchas veces hace creer a las víctimas que denunciar es una práctica insuficiente dado que no se sienten protegidas.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Familia y adulto mayor de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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