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Moción.

Proyecto de Ley busca erradicar discriminación que sufren estudiantes universitarios por su opinión u opción política.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Educación y Cultura.

26 de octubre de 2019

La moción de los diputados Ebensperger, Von Baer, Coloma, Galilea y García, busca erradicar discriminación que sufren estudiantes universitarios por su opinión u opción política.
Al respecto, los diputados exponen que la finalidad del presente proyecto de ley es buscar erradicar de nuestro sistema de Educación Superior la discriminación que actualmente sufren algunos estudiantes en virtud de su opinión u opción política. Para esto, se busca modificar la Ley de Educación Superior, para profundizar los principios de inclusión y de partición, estableciendo deberes para las Instituciones de Educación Superior en lo relativo a garantizar un ambiente libre de discriminación por opción u opinión política.
En ese sentido, indican que a su vez, se buscar garantizar la libre participación política de todos y cada uno de los estudiantes, estableciendo que esta sólo puede limitarse esta en virtud del respeto por el orden público, los derechos humanos y la vida democrática. Por su parte, se establece el deber de las Instituciones de Educación Superior de no reconocer -o de dejar de reconocer en su caso- a aquellas organizaciones de representación estudiantil que discriminen a estudiantes por su opinión u opción política; o que limiten la libre participación política por razones distintas al respeto por el orden público, los derechos humanos y los valores democráticos.
En este contexto, los diputados indican que el proyecto de ley consiste en un artículo único con dos numerales que modifican el artículo 2 de la Ley N° 21.091 Sobre Educación Superior que consagra los principios del Sistema de Educación Superior. Le otorga a los estudiantes que sean víctimas de un acto de discriminación por su opinión u opción política la posibilidad de ejercer la acción de no discriminación arbitraria, contemplada en el artículo 3 de la Ley N° 20.609 que establece medidas contra la discriminación, junto con la posibilidad de demandar a la institución de educación superior respectiva por la indemnización de todo perjuicio, incluyendo el daño moral.
Enseguida el proyecto menciona que incorpora dos nuevos incisos a la letra g) del artículo 2 de la Ley N° 21.091, que consagra el principio de participación en el Sistema de Educación Superior. En este punto, se consagra la obligación de las instituciones de educación superior de asegurar la libre participación de todos y cada uno de sus estudiantes en los distintos organismos de representación estudiantil. En la misma línea, se establece que los respectivos estatutos no podrán discriminar a un estudiante o grupo de estudiantes por su opinión u opción política. En este sentido, se reconoce que la participación política sólo puede limitarse en virtud del respeto por el orden público, los derechos humanos y los valores democráticos.
Finalmente, se establece que las instituciones de educación superior no podrán reconocer  -o en su caso deberán dejar de reconocer-  a  las  organizaciones de representación estudiantil que discriminen a estudiantes por su opinión u opción política, o para aquellas que limiten la participación política por otros motivos distintos al respeto por el orden público, los derechos humanos y los valores democráticos.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Educación y Cultura.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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