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En primer trámite.

Proyecto establece normas especiales para identificar y promover la trayectoria educativa de niños niñas y adolescentes con altas capacidades cognitivas.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Educación y Cultura del Senado.

26 de noviembre de 2019

La moción de los senadores Kast y Von Baer, busca establecer medidas que favorezcan la trayectoria educativa de Niños Niñas y Adolescentes (NNA) con altas capacidades cognitivas, identificándolos y permitiendo tanto la aceleración, colaboración y flexibilización como el enriquecimiento de su currículum, conforme a la progresión y necesidades propias de cada sujeto.

Al respecto, el proyecto comienza indicando que los niños que tienen altas capacidades cognitivas no son vistos como un objetivo de trato especial por parte de los establecimientos educacionales, pues ni la legislación ni las instituciones perciben que esas capacidades especiales son merecedoras de una atención diferente.

Luego, la moción explica que en nuestro país, pese a que existe la obligación de procurar educación adecuada a cada sujeto, los estudiantes más capaces no forman parte del concepto de diversidad, pues se piensa que solo los que presentan dificultades de aprendizaje poseen necesidades educativas especiales. Por el presente hacemos patente la exclusión que sufren los estudiantes de altas capacidades en nuestro sistema educacional. Existe un vacío no solo desde el punto de vista legislativo, sino también de los docentes, que carecen de los conocimientos para detectarlos.

Enseguida, los senadores exponen que es necesario delegar a un reglamento del Ministerio de Educación, considerando la lex artis médica y las mejores prácticas psicopedagógicas disponibles, previa aprobación del Consejo Nacional de Educación, el establecimiento de medidas para diagnosticar de forma temprana a los alumnos que presentan capacidades excepcionales, las normas que permitan flexibilizar la duración de los niveles y cursos del sistema educativo establecidos en ella, independiente de su edad, y los criterios y orientaciones de adecuación curricular y de formación docente, que les permitan desarrollar sus capacidades de forma integral en establecimientos de la educación regular, y en todos sus niveles.

Finalmente, la presente moción expone que un elemento muy importante para respaldar la necesidad de tener programas de educación de talentos, radica en comprender los beneficios que trae. Con una intervención en el grupo de alumnos con talento se espera que aumente la motivación de los alumnos por asistir a clases, a la vez de disminuir las tasas de deserción escolar, incrementando el total de años de escolaridad completa con el consecuente aumento de la productividad laboral futura. Junto con este beneficio, que es el más directo, existen otros como aumentar la autoestima a nivel de los estudiantes potencialmente beneficiarios, disminuyendo la incidencia de problemas psicológicos y emocionales derivados de la frecuente estigmatización y discriminación de la que son objeto. Además, del aumento en la productividad laboral de los alumnos talentosos tratados, será un cambio positivo en las condiciones sociales de las familias de los alumnos de niveles socioeconómicos bajos y medios, permitiendo de esta manera romper el círculo de la pobreza.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Educación y Cultura del Senado.

 

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

        

 

 

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