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Comisión del Trabajo del Senado: Abogados laboralistas sobre proyecto 40 horas coinciden en los beneficios pero advierten problemas con el artículo 28.

La instancia continuó con las audiencias para la moción que está en su segundo trámite constitucional. Los abogados que intervinieron sentenciaron que se debe analizar «con mayor preocupación» el inciso final del artículo 28 sobre sistemas de turnos y su distribución.

6 de diciembre de 2019

Algunos de los aspectos positivos destacados por los expositores sobre el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral a 40 horas semanales, son conciliar la vida laboral con la familiar, mejorar la productividad, avanzar en una mejor salud mental de los trabajadores, son solo
Los diferentes abogados laboralistas manifestaron sus posturas ante la Comisión de Trabajo y Previsión Social, instancia que adelantó que son variadas las audiencias solicitadas y dejaron constancia que procurarán “cerrar todos los espacios que puedan generar abusos”.   

ARTÍCULO 28 

Al respecto, la presidente de la instancia parlamentaria, la senadora Muñoz sentenció que “rebajar la jornada semana, de 45 a 40 horas, es un aporte importantísimo para mejorar la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras; es un beneficio que va a tener un impacto, no solamente en el trabajador, sino que también en su entorno familiar y por cierto en su desarrollo personal”.
La legisladora señaló que los expositores evidenciaron que “hay mucha controversia en relación al artículo 28 que quedo consagrado y es donde  se incorporan muchas lógicas de flexibilidad de jornada, que al final retrotraen a cero el avance que se logra con la disminución de jornada y este artículo lo deja prácticamente en un retroceso del derecho que se quiere consagrar”.
El mencionado artículo precisa que “sin perjuicio de lo anterior, en las empresas en que existan sistemas de trabajo por turnos, la jornada semanal del artículo 22 podrá, por acuerdo de las partes, promediarse en períodos bimensuales o trimestrales de distribución de días de trabajo y de descanso”.
La senadora detalló que el mencionado numeral “genera toda una mezcla con las jornadas especiales y excepcionales, o traería muchos problemas a los trabajadores del transporte, por ejemplo, a los de la zona minera, de salud, que están sometidos a jornadas excepcionales y especiales”.
“Estamos analizando lo que la Cámara despachó y también ver de qué manera al reducir la jornada no se busquen subterfugios o ir haciendo contratos para eludir la jornada de 40 horas”, manifestó.

POCA CLARIDAD

La primera exposición estuvo a cargo de la abogada coordinadora del Programa de Trabajo del Instituto Igualdad, Patricia Silva, quien indicó que la jornada laboral de en nuestro país es una de las más extensas entre los países del OCDE.
Silva coincidió en las inconveniencias del mencionado artículo que permite promediar, por acuerdo de las partes, períodos bimensuales o trimestrales, “este es el aspecto de mayor observación. Técnicamente el artículo es deficiente, no se entiende el objetivo. No establece cómo una jornada mensual se va a poder concordar para luego pactarse jornada bimensual o trimestral. ¿Se quiere contar con un banco de horas? Tiene muy poca claridad, lo cuestionamos no solo desde punto de vista laboral, sino que también la implementación”, detalló.
Luego, la profesora de derecho del trabajo de la P. Universidad Católica de Valparaíso, Karla Varas, recordó que el proyecto se enmarca dentro de demandas históricas de los trabajadores.
“El trabajar mucho, sumado a los traslados que pueden ser largos como es la realidad de la mayoría, deja escaso periodo de tiempo que se puede dedicar a la familia, a la recreación, eso es algo de lo que también hay que hacerse cargo”, argumentó la abogada, quien añadió que de rebajar la jornada, “va a mejorar la salud mental de los trabajadores”.
Según evidenció Chile ratificó el Convenio 47 de la OIT, que fija una jornada de 40 horas, “por lo que se está al debe con este Convenio”.
Sin embargo, a juicio de Varas, “la reducción de la jornada laboral por sí sola no toca el problema de fondo: trabajos precarios, salarios precarios, bajas pensiones, alta rotación de personal. También esto es parte del sentir ciudadano. Si queremos efectivamente un proyecto que mejore la calidad de vida, no es solo la rebaja, es el tema sindical, salarios, pensiones.

MEJORAS PARA LOS TRABAJADORES

Desde la Asociación de Abogados Laboralistas de Chile, su presidenta Carmen Espinoza, calificó la materia como de “mucha importancia” y explicó que “aprobar un proyecto que reduzca la jornada es el inicio del mejoramiento de las y los trabajadores”.
“Aunque la ley diga hoy que son 45 horas semanales, la mayoría de los trabajadores trabaja más y en muchos casos, a pesar de esto, no se les pagan las horas extra y aquí tenemos un tema de partida: mejorar la calidad de vida de los trabajadores, lo que incluso mejora la productividad, porque en la medida que el trabajador se sienta menos presionado a estar más horas en la empresa, mejora su ánimo”, lamentó y llamó a hacerse cargo de estas faltas.
La última exposición fue la del abogado, académico de la U. de Chile y ex director del Trabajo, Christian Melis, quien dejó constancia de que a su juicio la medida es correcta, pero la “idea de flexibilidad contenida en el agregado (artículo 28), me parece deficiente, inexplicable, inentendible e inaplicable. En general no soy partidario a mayor flexibilidad en el sistema, Chile ya tiene suficiente. No aprecio ninguna razón para que un trabajador de turno deba tener una jornada de flexibilidad”.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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