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Moción.

Proyecto de reforma constitucional busca eliminar la referencia a la exención de contribuciones.

El objetivo principal del proyecto ingresado es eliminar la exención de contribuciones de los templos destinados exclusivamente al culto.

2 de enero de 2020

La moción busca suprimir del artículo 19 número 6°, inciso tercero, de la Constitución Política de la República la frase "Los templos y sus dependencias, destinados exclusivamente al servicio de un culto, estarán exentos de toda clase de contribuciones".
Asimismo, advierte que la idea matriz del proyecto consiste en eliminar un antiguo resabio que se arrastra desde la Constitución de 1925 y que actualmente la de 1980 recoge en la parte final del artículo 19 N° 6, inciso tercero. En efecto, desde inicios del Siglo XX la norma fundamental de nuestro ordenamiento jurídico ya consideraba a los "los templos y sus dependencias, destinadas al servicio de un culto" como exentos del pago de contribuciones. Posteriormente, la Comisión Ortúzar tuvo la oportunidad de modificar dicha redacción. Sin embargo, ellos optaron por mantenerla, probablemente porque aún la influencia de los distintos credos era muy fuerte.

Por último, el proyecto señala que en el año 2018 el Servicio de Impuestos Internos contabilizó en 10.950 las propiedades sujetas a la referida exención constitucional de contribuciones, concentrándose mayoritariamente en Santiago (2.904) la mayor cantidad de beneficiados. Ello naturalmente se traduce en cuantiosas sumas de dinero -alrededor de US$ 20 millones al año- que el Fisco deja de percibir, máxime en una época donde se requiere de mayor recaudación tributaria con el objeto de que el Estado sea capaz de costear las reformas sociales.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13123-07.

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