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Con voto en contra.

CS revocó sentencia y rechazó amparo contra Jueza de Familia de Santiago que decretó arresto para alimentante que tiene cáncer de próstata avanzado.

Máximo Tribunal ordenó que el amparado cumpla su arresto en su domicilio.

13 de enero de 2020

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó protección deducida en contra de la Jueza del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, quien decretó la medida de arresto en contra de demandado en causa de familia para instarle al pago de alimentos adeudados y quien alegó tener un cáncer avanzado que le impide cumplir con tal orden sin poner en riesgo su vida y salud.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se puede advertir que dicho proceso se inició, mediante la interposición de una demanda de alimentos mayores, deducida por Catalina Esmeralda Vilches Cornejo en contra de su padre, el amparado, estableciéndose una pensión de alimentos provisoria ascendente a 2 ingresos mínimos mensuales remuneracionales, por la suma de $752.500. Añade la Corte de Santiago que del mérito del informe de la recurrida, de la revisión en el sistema computacional de la causa en que inciden estos antecedentes, de los antecedentes etario, capacidad económica del recurrente y el delicado estado de salud del amparado, aparece de manifiesto que existen datos suficientes para dejar sin efecto la orden de apremio y el arraigo despachados en su contra, sin perjuicio de lo que el tribunal a quo pueda resolver durante la tramitación de la presente causa. Por ello acogió la acción de amparo deducida.

Por su parte, la Corte Suprema al conocer de estos antecedentes señaló que, las actuales condiciones de salud del amparado –cuyo diagnóstico es cáncer de próstata avanzado- hace necesario que el arresto nocturno decretado se cumpla en su actual domicilio, con el fin de proteger su vida e integridad física. De este modo, revocó la sentencia de alzada y en su lugar rechazó la acción cautelar de amparo deducida por el recurrente.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Munita, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, teniendo únicamente presente el estado de salud del amparado.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 2.998-2019.

 

 

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