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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó protección de ex funcionaria del Ministerio de Medioambiente frente a la renovación parcial de su contrata.

Corte de Temuco señaló que no cabe aplicar el criterio de la protección de la confianza legítima en este caso.

9 de marzo de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que rechazó protección deducida por ex funcionaria del Ministerio de Medio Ambiente en la región de La Araucanía en contra de la decisión de la autoridad administrativa de renovar parcialmente su contrata.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que la recurrente la recurrente desempeñó funciones en el Ministerio del Medio Ambiente desde el 10 de abril del año 2017, mediante una designación a contrata por reemplazo, siendo seleccionada para el cargo en el mes de enero del año 2018. Indica la decisión de alzada que, debido a la fecha de la interposición del recurso, no cabe más que declararla extemporánea por exceder el tiempo establecido en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo de la acción de protección de garantías constitucionales.

No obstante ello, la Corte de Temuco conociendo del fondo del asunto agregó que no resulta procedente estimar que en la presente contratación cobra vigencia el principio de confianza legítima, sin perjuicio que igualmente la resolución que se pretende impugnar por esta vía, se encuentra justificada y que por ello, a la autoridad administrativa denunciada no le asistía la obligación de renovar los  servicios a contrata de la parte recurrente, durante todo el año 2019, no existiendo un comportamiento antijurídico por la recurrida, debiéndose desestimar el recurso en su totalidad.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Temuco.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 31.755-2019Corte de Apelaciones de Temuco Rol N° 2633-2019.

 

 

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