Noticias

En la auditoría se dispuso la intervención del comunal Punta Arenas

Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección en contra de Colegio de Profesores por irregularidades presentadas en auditoría

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas indicó que la medida de intervención ha sido adoptada en uso de las facultades de gestión del directorio nacional del colegio de profesores, en la forma prevista en los estatutos y en un caso debidamente fundamentado, dada la gravedad de los hechos constatados en la auditoría efectuada, no se avizoró ilegalidad, ni arbitrariedad en la decisión que se atacó por medio de este recurso.

24 de marzo de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y rechazó un recurso de protección deducido por miembros de la Directiva Comunal del Colegio de Profesores de Punta Arenas en contra de el Colegio de Profesores de Chile por la intervención de la recurrida del Directorio Comunal del Colegio de Profesores de Punta Arenas por deficiencias detectadas en auditoría.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Colegio de Profesores de Chile por la intervención del Directorio Comunal del Colegio de Profesores de Punta Arenas por encontrarse deficiencias financieras, contables y administrativas detectadas dentro del Plan Anual de Auditorías internas.

Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 3 y 15.

Por su parte, la Corte de Punta Arenas indicó, en síntesis que, en cuanto a la falta de gravedad de los hechos que fundamentan la intervención, se esbozan por los recurrentes ciertas explicaciones a las deficiencias detectadas por la auditoría, pero que en caso alguno las desconocen del todo, particularmente en lo que se refiere a que la contabilidad presentaba un retraso de once meses; desorden en los respaldos; y deudas por convenio de farmacia superior a los dos millones de pesos.

El fallo agregó inmediatamente que, resultó que la medida de intervención ha sido adoptada en uso de las facultades de gestión del directorio nacional del colegio de profesores, en la forma prevista en los estatutos y en un caso debidamente fundamentado, dada la gravedad de los hechos constatados en la auditoría efectuada, no se avizoró ilegalidad, ni arbitrariedad en la decisión que se atacó por medio de este recurso.

El máximo Tribunal por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 29738-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 918-2019

 

RELACIONADO

CS confirmó sentencia que acogió protección contra Colegio de Profesores Regional Valparaíso por privar a dos dirigentes de sus cargo en el Colegio de Profesores Comunal de Quintero…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *