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Por unanimidad

CS rechazó recursos de casación en la forma y en el fondo contra sentencia dictada en juicio ordinario sobre cumplimiento de contrato e indemnización de perjuicios.

La Corte Suprema señaló, es evidente que la sentencia censurada satisface el requisito cuya falta se alegó. Cuestión distinta es que el recurrente considere que los argumentos entregados por los falladores son errados.

19 de mayo de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la parte demandante en juicio ordinario sobre cumplimiento de contrato e indemnización de perjuicios contra la sentencia dictada por la Corte de Punta Arenas que confirmó lo dictado por el Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas que, rechazó la demanda en todas sus partes.

En su sentencia el máximo Tribunal señaló respecto al recurso de casación en la forma que, aquello realmente atacado a través del recurso de nulidad formal, son las argumentaciones fácticas y el razonamiento jurídico que llevó a los sentenciadores a la conclusión de que el actor no cumplió con el objeto del contrato y, por tanto, correspondió el acogimiento de la excepción de contrato no cumplido opuesta por la demandada. Sobre este aspecto, se debe destacar que en los motivos décimo tercero y décimo cuarto del fallo de primer grado – hechos suyos por los falladores de segunda instancia – se expone en detalle que las bases técnicas incluían una fotografía del vehículo en el cual debía instalarse la camada licitada, mientras que el actor adquirió una distinta, circunstancia que implicó un incumplimiento de las obligaciones que le imponía el contrato y, consecuentemente, la verificación de los presupuestos de la excepción opuesta por el municipio.

El fallo agregó que, es evidente que la sentencia censurada satisface el requisito cuya falta se alegó. Cuestión distinta es que el recurrente considere que los argumentos entregados por los falladores son errados, pues el vicio invocado se configura por la falta de consideraciones y no porque aquellas que contenga el fallo no sean compartidas por el recurrente. Razones por las que se rechazó el recurso de casación en la forma.

La sentencia indicó en el caso del recurso de casación en el fondo que, conforme a las bases de la licitación, ha de concluirse que el actor no cumplió con el objeto del contrato, como tampoco rindió prueba alguna que justifique dicho incumplimiento. En efecto, no allegó los antecedentes referidos a la información recibida en el foro que describió, lo cual impidió ponderar dicha circunstancia. Por el contrario, la testimonial de la demandada demuestra el incumplimiento del actor, lo cual llevó al acogimiento de la excepción de contrato no cumplido opuesta por el municipio y el consecuente rechazo de la acción en todas sus partes.

El fallo agregó que, por tanto, no se observó que los sentenciadores hubieren incurrido en los yerros que se acusan en el recurso y, por el contrario, realizaron una correcta aplicación de las disposiciones legales que gobiernan el asunto controvertido, todo lo cual conduce a que el arbitrio de nulidad sustancial no pueda prosperar. Razones por las que se rechazó el recurso de casación en el fondo.

En vista de todo lo anterior, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y casación en el fondo, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Punta Arenas.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 9467-2019 y de la Corte de Punta Arenas Rol N° 33-2019.

 

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