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Por unanimidad.

CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Gendarmería de Chile por negar traslado de interno.

El interno mantiene un alto compromiso delictual.

22 de mayo de 2020

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó recurso de amparo deducido por interno en contra de Gendarmería de Chile. El amparado señala que fue trasladado desde el C.C.P. de Talca al C.P. de La Serena en el mes de enero del año 2019. La causa del traslado data del 11 de enero ya que se le atribuye actos que habrían provocados lesiones a funcionarios de Gendarmería de Chile. Agrega que es innegable que hechos que se indican como causa del traslado del mes de enero del 2019 son completamente reprochables de darse por probados por un tribunal de justicia asignándole la calidad de autor al amparado, hasta que eso no suceda, su defendido goza de plena inocencia. Los actos que se le imputan administrativamente no pueden ser sancionados sino en la forma que la ley indica; el traslado no es una sanción. Señala que solicitó retornar a Talca por mantener arraigo familiar, lo que fue negado.
El recurrido señala en su informe que el sentenciado ha sido caracterizado en los registros de clasificación como un interno de alto compromiso delictual, con un puntaje de clasificación actual de 129,7 puntos sobre un total de 170, factor que necesariamente debe ser considerado al momento de disponer su ubicación y segregación en cualquier establecimiento penitenciario. Que los hechos en Talca, involucraron amenazas de muerte y agresiones a funcionarios por parte del amparado. Indica, además, que el Complejo Penitenciario de La Serena, es un penal que está acorde a las características criminógenas del amparado y al constituir el penal un establecimiento concesionado, cuenta con mejores alternativas para lograr la reinserción del penado, al contar con diversos talleres que le brindan la posibilidad de aprender y adiestrar nuevas habilidades en pos de su cambio conductual.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso, concluyendo que el traslado se adoptó, previo informe técnico, cumpliendo con los presupuestos que la norma establece, por lo que procede concluir que dicho traslado, se ajusta a la Constitución Política de la República y la ley.
Por su parte, el Máximo Tribunal confirmó el fallo teniendo únicamente presente que de los antecedentes del recurso y el petitorio del mismo son ajenos a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 2946-20 y de la Corte de Apelaciones de Talca Rol Amparo 4-2020.

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