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En particular su relación con la Cámara de Diputados.

Reforma constitucional que crea el Defensor de las Personas continúa tramitación parlamentaria. Ejecutivo anunció indicación sustitutiva que precisará rol y atribuciones de la institución.

En diciembre de 2003 inició su tramitación un proyecto de reforma constitucional que crea el Defensor de las Personas, originalmente llamado Defensor del Ciudadano, al que le correspondería velar por la defensa y promoción de los derechos e intereses de las personas ante actos u omisiones de los órganos de la Administración del Estado, en […]

25 de octubre de 2008

En diciembre de 2003 inició su tramitación un proyecto de reforma constitucional que crea el Defensor de las Personas, originalmente llamado Defensor del Ciudadano, al que le correspondería velar por la defensa y promoción de los derechos e intereses de las personas ante actos u omisiones de los órganos de la Administración del Estado, en lo relativo a la satisfacción de las necesidades públicas.

Luego, a través de una indicación sustitutiva (2007), la Presidenta Bachelet reformuló la institución para precisar el objetivo que estará llamado a cumplir: velar por la promoción, tutela y protección de los derechos y garantías asegurados en la Constitución, en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y en las leyes, ante actos u omisiones de órganos y servicios de la administración pública y de personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública.

No obstante ello, el Ministro Secretario General de la Presidencia anunció que el Ejecutivo presentará una nueva indicación sustitutiva, con la finalidad de precisar con mayor nitidez y claridad la competencia específica del organismo; la forma en que podrá requerir o acceder a la información de los órganos de la administración del Estado y de las personas jurídicas que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública, y también para acentuar la vinculación de la Defensoría con la Cámara de Diputados en atención a las facultades fiscalizadoras que a esa Corporación le otorga la Constitución.

A tal fin se agregaría una nueva disposición que facultaría a la Cámara para requerir la intervención del Defensor de las Personas, con el voto de la mayoría de los diputados presentes, cuando algún órgano de la administración del Estado o alguna persona jurídica que ejerza actividades de servicio de utilidad pública haya vulnerado gravemente algún derecho o garantía asegurado por el ordenamiento jurídico en lo relativo a la satisfacción de las necesidades públicas.

 

Vea texto del proyecto de reforma constitucional.

Vea primer informe de la Comisión Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

Vea primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.

Vea segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.

 

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