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Modifica LOC de Municipalidades.

Senado aprueba proyecto de ley que regula asociacionismo municipal. Vuelve a la Cámara de Diputados para que se pronuncie sobre modificaciones introducidas por el Senado.

La Constitución faculta a las municipalidades para asociarse entre ellas, como también para constituir o integrar corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objeto sea la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo en los términos que lo […]

10 de enero de 2011

La Constitución faculta a las municipalidades para asociarse entre ellas, como también para constituir o integrar corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objeto sea la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo en los términos que lo establezca una ley orgánica constitucional.

Con el fin de dictar la regulación conforme a la cual las municipalidades podrán asociarse o participar en esas entidades, el Ejecutivo inició, a fines de 2009, la tramitación de un proyecto de ley que, con tal objeto, modifica la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y que recientemente fue aprobado por el Senado en segundo trámite constitucional.

La iniciativa, entre otras prescripciones dispone que “dos o más municipalidades, pertenezcan o no a una misma provincia o región podrán constituir asociaciones municipales, para los efectos de facilitar la solución de problemas que les sean comunes, o lograr el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles, pudiendo dichas asociaciones gozar de personalidad jurídica de derecho privado …”, lo anterior, según las normas de un nuevo Párrafo que se incorpora, y que regula el procedimiento de constitución, estatutos, patrimonio y disolución de las asociaciones, como también, la creación de un Registro Único de Asociaciones Municipales con personalidad jurídica de derecho privado, que estará  a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior.

En lo relativo a la constitución o participación de los municipios en corporaciones o fundaciones de derecho privado sin fines de lucro destinadas a la promoción y difusión del arte y la cultura, la iniciativa modifica la actual ley orgánica para agregar la posibilidad de que las asociaciones estén destinadas a la promoción y difusión del deporte o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo para, de esta forma, adecuarla a la actual norma constitucional.

Corresponde ahora que la Cámara de Diputados se pronuncie sobre las modificaciones que al proyecto de ley le introdujo el Senado.

 

Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación.

 

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