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Demandante no se expuso imprudentemente al daño.

CS desestimó recurso de casación interpuesto en contra de sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de perjuicios por falta de servicio de un funcionario policial.

“cuando la única causa del daño es el hecho del demandado, autor del perjuicio, no puede éste pretender exonerarse parcialmente de su responsabilidad, aun cuando la víctima hubiere desplegado previamente una actividad o conducta infraccional, como lo alega el recurso, toda vez que corresponde atenerse a una relación de causalidad y no a un contexto de culpabilidad”

8 de agosto de 2012

El Fisco de Chile dedujo recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la de primer grado con declaración de que se hace lugar a la demanda de responsabilidad extracontractual en forma íntegra, debiendo pagarse a los demandantes una indemnización por daños materiales y morales.
El arbitrio de nulidad sustancial arguyó la falta de aplicación del artículo 2330 del Código Civil, ya que concurre la hipótesis que tal norma contempla, atendido que la víctima se expuso, en forma imprudente, al daño causado, ya que éste se habría producido en circunstancias en que la víctima se encontraba conduciendo bajo la influencia del alcohol y no habría acatado un control policial.
La Corte Suprema desestimó la impugnación, para lo cual razona que la causal invocada por la demandada como fundamento de su recurso no tiene relación causal con las heridas inferidas, toda vez que “cuando la única causa del daño es el hecho del demandado, autor del perjuicio, no puede éste pretender exonerarse parcialmente de su responsabilidad, aun cuando la víctima hubiere desplegado previamente una actividad o conducta infraccional, como lo alega el recurso, toda vez que corresponde atenerse a una relación de causalidad y no a un contexto de culpabilidad”, por lo que no corresponde invocar la aplicación del artículo 2330 del Código Civil.

Vea texto integro de la sentencia de la Corte Suprema.

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