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Se adoptaron medidas de reparación a la víctima.

Corte IDH declaró concluido caso Maldonado Ordóñez en razón de cumplimiento de sentencia por Guatemala.

El caso se refirió a la destitución en mayo de 2000 de Olga Maldonado Ordóñez como funcionaria de la Procuraduría de los Derechos Humanos en Guatemala.

26 de septiembre de 2017

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró que el Guatemala cumplió con las reparaciones ordenadas a favor de la víctima del Caso Maldonado Ordóñez, dictada el 3 de mayo de 2016, por lo que decidió dar por concluido y archivar el caso.

Cabe recordar que el caso se refirió a la destitución en mayo de 2000 de Olga Maldonado Ordóñez como funcionaria de la Procuraduría de los Derechos Humanos, a través de un proceso en el que se le violaron los derechos a la defensa y a la motivación de la decisión de destitución. El Tribunal consideró que no hubo información clara respecto del motivo por el cual estaba siendo objeto de dicho proceso ni tampoco referencia alguna a la relación existente entre los hechos respecto de los cuales se aplicó la sanción disciplinaria y la norma supuestamente infringida, lo cual repercutió en que los medios para la preparación de la defensa de la señora Maldonado no fueron adecuados. Además, la Corte determinó que la señora Maldonado fue destituida en violación del principio de legalidad debido a que la conducta por la cual se le destituyó no se encontraba tipificada en el Reglamento del Personal del Procurador de los Derechos Humanos como infracción disciplinaria y no correspondía con la conducta descrita en los artículos de dicho Reglamento y del Código de Trabajo de Guatemala que fueron invocados para justificar la sanción impuesta. También, se consideró que la señora Maldonado no contó con un recurso judicial para impugnar tal destitución, como consecuencia de una normativa contradictoria.

A partir de lo anterior, la Corte IDH había ordenado las siguientes medidas de reparación: 1. la publicación y difusión de la Sentencia; 2. el pago de indemnizaciones por concepto de daños materiales e inmateriales a favor de la víctima; 3. el reintegro de costas y gastos a favor de los representantes de la víctima; 4. la eliminación del procedimiento de destitución de la señora Maldonado del “récord laboral” o de cualquier otro registro de antecedentes, y 5. precisar o regular la vía recursiva, el procedimiento y la competencia judicial para la revisión jurisdiccional de toda sanción o medida de carácter administrativo disciplinario del Procurador de los Derechos Humanos.

 

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa.

 

 

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