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Tribunal Supremo no se ha pronunciado sobre el reclamo interpuesto.

TRICEL se pronunciará respecto de reclamación contra Tribunal Supremo del partido Renovación Nacional por anular candidatura del recientemente electo presidente regional del Bio Bio.

Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta reclamación.

18 de marzo de 2019

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de la reclamación interpuesta en contra del Tribunal Supremo del partido Renovación Nacional (RN) por infracción a la LOC de los Partidos Políticos, por no haber cumplido con sus obligaciones de proceso, trámite y juzgamiento respecto de Claudio Eguiluz Herrera, Presidente Regional del Bio Bío.

En su libelo, el reclamante expone que el año pasado se llevaron a cabo elecciones internas de RN respecto de la directiva general del Bio Bío, en las cuales participó liderando una de las listas, en las cuales resultó electa la lista liderada por Claudio Eguiluz Herrera. Sin embargo, acusa que existió una grave irregularidad en dicha elección, pues la militancia de Eguiluz Herrera se encuentra suspendida, por lo cual no podía haber presentado su candidatura para la directiva de RN. Por ello, se formuló reclamo ante el Tribunal Metropolitano de RN en que se solicitaba que se declarara nula la candidatura de la lista liderada por Eguiluz Herrera y se le concediera la elección al reclamante por haber obtenido el segundo lugar en el proceso eleccionario, el que fue rechazado. Ante dicho rechazo, el 29 de enero del presente año se presentó un reclamo ante el Tribunal Supremo, el cual no ha realizado trámite alguno al respecto, sin siquiera acoger o rechazar el reclamo interpuesto. Por lo anterior, solicita que se decrete la inhabilidad de los miembros del Tribunal Supremo para ejercer cargos directivos y la suspensión de todos los derechos que les correspondan en elecciones y plebiscitos, por un término de seis meses a dos años, así como también que se le aplique a cada uno de ellos la máxima multa a beneficio fiscal.

Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta reclamación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol 60-2019.

 

 

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