Noticias

Acordado por el Tribunal Pleno.

TC oirá a personas y organizaciones representativas de los intereses involucrados en el proceso de inconstitucionalidad del artículo 2331 del Código Civil.

Cabe recordar que el proceso para pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la citada disposición legal se abrió de oficio por el Pleno del Tribunal –aunque con el voto en contra del Ministro Fernández Fredes por las consideraciones que éste expuso en sus disidencias en los Roles Nº 943 y 1185-, luego de que previamente se había declarado inaplicable en los Roles Nºs 943 y 1185.

30 de septiembre de 2010

Con el fin de permitir que quienes tengan interés en el proceso de inconstitucionalidad del artículo 2331 del Código Civil, el Pleno del TC resolvió abrir un cuaderno especial al que se agregarán las presentaciones que formulen las personas, instituciones y organizaciones que hagan valer observaciones o acompañen antecedentes especializados sobre la materia, para lo cual fijó plazo hasta las 12 horas del día 30 de octubre próximo. Además acordó citar a una audiencia pública que se celebrará durante los 2 días que precedan a la vista de la causa para oír a quienes comparezcan, en los términos que el Tribunal fijará en su oportunidad.
Cabe recordar que el proceso para pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la citada disposición legal se abrió de oficio por el Pleno del Tribunal –aunque con el voto en contra del Ministro Fernández Fredes por las consideraciones que éste expuso en sus disidencias en los Roles Nº 943 y 1185-, luego de que previamente se había declarado inaplicable en los Roles Nºs 943 y 1185. En la misma oportunidad se había dispuesto oficiar al Presidente de la República, al Senado y a la Cámara de Diputados con el objeto de que en el plazo de 20 días formularan observaciones y acompañaran los antecedentes que estimaran necesarios.
Recientemente, por sentencia de fecha 23 de septiembre pasado, dictada en el Rol Nº 1463 se declaró inaplicable, por tercera vez la disposición legal cuestionada, aunque ese fallo fue acordado con una prevención del Ministro Fernández Baeza y otra del Ministro Arostica, y el voto en contra de la Ministra Peña y de los Ministros Navarro y Fernández Fredes que estuvieron por rechazar el requerimiento.

Vea expediente del proceso Rol Nº 1723.

RELACIONADOS

* TC deberá pronunciarse sobre inconstitucionalidad del artículo 2331 del Código Civil…

* TC analizará constitucionalidad de artículo…

* TC declaró inaplicable por inconstitucional artículo 2331… 

* TC acogió requerimiento contra artículo 2.331…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *